REQUISITOS GENERALES QUE DEBE REUNIR
Para percibir la Asignación por Embarazo para Protección Social, la embarazada debe encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Encontrarse desocupada al igual que su grupo familiar (cónyuge o conviviente).
- No percibir ninguna prestación contributiva o no contributiva.
- Desempeñarse en la economía informal y percibir una suma de dinero igual o inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Ser trabajadora de temporada que se encuentre declarada con “reserva de puesto”.
- Ser trabajadora inscripta en “Plan Argentina Trabaja / Manos a la Obra” del Ministerio de Desarrollo Social o “Programa de Trabajo Autogestionado” del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
- Ser trabajadora inscripta en el Régimen de Monotributistas Sociales.
- Ser trabajadora incorporada en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleadas del Servicio Doméstico, (artículo 21 de la Ley Nº 25.239) y percibir una suma de dinero igual o inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Encontrarse privada de su libertad, incluyendo a aquella embarazada que desempeñe tareas dentro de las Unidades del Servicio Penitenciario Federal, inscriptas dentro del “Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal (ENCOPE)”, y dentro del “Servicio Penitenciario Provincial de Córdoba”, siendo determinante la condición procesal de la interna.
- No tener cobertura de obra social (exceptuando a aquellas embarazadas que sean Monotributistas Sociales, empleadas del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleadas del Servicio Doméstico o trabajadores de temporada).